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Una victoria estratégica: el caso de Pfizer y su defensa ante una acusación de competencia desleal

  • Writer: Héctor Fernández Pineda
    Héctor Fernández Pineda
  • Jul 21, 2025
  • 2 min read

Updated: Jul 22, 2025

LA COMPAÑÍA FARMACÉUTICA PFIZER, S.A. LOGRA REVOCAR SENTENCIA CONDENATORIA POR ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL Y EVITA EL PAGO DE MILLONARIA INDEMNIZACIÓN IMPUESTA POR UN JUZGADO DE LO CIVIL EN HONDURAS.

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El 21 de junio de 2011, el Juzgado de Letras de lo Civil de Francisco Morazán (Honduras) emitió una sentencia declarando con lugar una demanda ordinaria por competencia desleal e indemnización de daños y perjuicios promovida por la compañía Laboratorios Stein, S.A. contra Pfizer, S.A., ambas sociedades con domicilio en Costa Rica. Se condenó a Pfizer, S.A. al pago de una indemnización por daños y perjuicios por un monto de 343,244.56 dólares (equivalente a L 6,528,511.50).


Todo inició cuando Laboratorios Stein, S.A., el 1.º de noviembre de 2005, interpuso una demanda alegando que Pfizer, S.A. había incurrido en actos de competencia desleal al divulgar, a mediados de 2005, material publicitario que, según la demanda, perjudicaba la originalidad y eficacia del producto Atrolip 10 mg en comparación con el producto Lipitor, fabricado por Pfizer, S.A. Laboratorios Stein afirmó que dicha divulgación se realizó sin su autorización, y que como resultado de ella, sus ventas se redujeron mientras que las de Lipitor aumentaron. Por ello solicitó la condena de Pfizer al pago de una indemnización por daños y perjuicios.


Pfizer, S.A., al ser citada y emplazada el 4 de mayo de 2007, rechazó los argumentos de la demandante, argumentando que Lipitor (atorvastatina cálcica), al ser un medicamento ético, se comercializa bajo parámetros de libre y sana competencia. Negó haber divulgado el material alegado y afirmó que el estudio comparativo fue realizado por el Laboratorio de Biofarmacia y Farmacocinética (LABIOFAR) de la Facultad de Medicina de la Universidad de Costa Rica. Pfizer aportó las tabletas de Lipitor de 10 mg fabricadas por Pfizer, S.A. de C.V. (México), mientras que LABIOFAR adquirió el producto Atrolip directamente en el mercado.


La difusión del estudio fue realizada por la Federación Centroamericana de Laboratorios Farmacéuticos (FEDEFARMA) mediante un documento que explicaba la problemática causada por empresas que copian productos originales, asignándoles un valor de equivalencia terapéutica sin respaldo científico. Pfizer sostuvo que la conducta atribuida no configuraba actos de competencia desleal y argumentó que las bajas en ventas de Stein respondían a la entrada al mercado de otros productos como Crestor y Vytorin.


A pesar de ello, luego de un extenso proceso judicial que incluyó inspecciones, testigos, peritajes y abundante prueba documental, el Juzgado Civil de Francisco Morazán falló a favor de la demandante, condenando a Pfizer, S.A. Posteriormente, el equipo legal de Pfizer, S.A., representado por el abogado Héctor Antonio Fernández Pineda, presentó el Recurso de Apelación ante la Corte de Apelaciones Segunda de lo Civil de Francisco Morazán el 12 de octubre de 2010. En él se refutaron tanto los considerandos como la parte dispositiva del fallo de primera instancia, alegando la falta de pruebas contundentes que vincularan a Pfizer con actos de competencia desleal y desvirtuando los peritajes y testimonios presentados por Laboratorios Stein.


Una vez contestado el recurso y celebrada la vista de los autos, la Corte de Apelaciones, el 12 de octubre de 2011, resolvió declarar con lugar el recurso de apelación, revocando la sentencia de primera instancia y librando a Pfizer, S.A. del pago millonario por concepto de indemnización.

 
 
 

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